VERSIONES DEL PDR

El Reglamento 1305/2013, en su artículo 11, prevé la posibilidad de modificación de los distintos programas de desarrollo rural, dentro del calendario habilitado para ello. Asimismo el Reglamento de ejecución 808/2014 (posteriormente modificado a través los Reglamentos de ejecución 2016/669 y 2016/1997) detalla en mayor profundidad las características y condiciones de dichas modificaciones.

Existen diversos tipos de modificación:

  • Modificación estratégica: modificación que contempla un cambio en la estrategia del programa. Es posible realizar tres modificaciones de este tipo a lo largo del período.
  • Modificaciones anuales: se consideran seis casos diferenciados (cambios en el porcentaje de contribución del Feader a una o varias medidas, introducción o eliminación de medidas, etc.)
  • Modificaciones de índole puramente administrativa o de redacción que no afecten a la aplicación de la política ni de las medidas.

En todos los casos, a excepción de en aquellas de índole administrativa, será necesaria la aprobación de la modificación por Decisión de la Comisión mediante acto de ejecución.

Cada nueva versión del Programa, resultado de las modificaciones realizadas, incluye el tipo de modificación, así como la descripción, la justificación y los efectos de ésta sobre los diversos aspectos del programa que puedan verse afectados, incluyendo los indicadores.

                

               

               

                

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