SUBMEDIDA 13.2. Pagos de compensación por otras áreas que afrontan limitaciones naturales considerables

En el marco de esta submedida se prevé el pago a los agricultores en zonas con limitaciones naturales para compensarles por la totalidad o una parte de los costes adicionales y las pérdidas de derivados de realizar su actividad agraria en estas zonas.

El objetivo de esta medida es mantener la actividad agraria, orientada al mercado, en la totalidad de las parcelas que componen la explotación. (Más información)

 

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