Leader

 

El Desarrollo Local Participativo o Desarrollo Local Leader (para el FEADER), ha demostrado su eficacia en el fomento del desarrollo de las zonas rurales a lo largo de los años [Iniciativas Leader I (1991-1993), Leader II (1994-1999), Leader + (2000-2006) y Enfoque Leader (2007-2013)], teniendo siempre en cuenta las necesidades multisectoriales de desarrollo rural endógeno, a través de un planteamiento ascendente. Conviene, por tanto, seguir fomentando la cooperación entre territorios rurales, debiendo insistir aún más en la apertura de las comarcas hacia el exterior y en la búsqueda de complementariedades, de modo que en el actual periodo se configura como un elemento obligatorio para los programas de desarrollo rural.

 

Este método consiste en ceder la iniciativa de planificación a las comunidades locales que, organizadas en asociaciones público-privadas como Grupos de Acción Local, elaboren y ejecuten una Estrategia de Desarrollo Local Participativo (EDLP) para un territorio determinado, aprovechando sus recursos. Este enfoque ascendente implica un reto de dinamización social para conseguir una mayor implicación de la población en la solución de los problemas comunes que les afectan y un mayor compromiso en las actuaciones que proyectan y se debe traducir en un aumento de la gobernanza local.

 

Así, el Desarrollo Local Leader responde a los siguientes principios metodológicos:

  • Estrategia territorial de desarrollo;
  • Enfoque ascendente;
  • Principio de colaboración público-privada;
  • Actuaciones integradas y multisectoriales;
  • Innovación;
  • Cooperación;
  • Conexión en redes.
  • Esta metodología se aplicará a la medida 19 de Apoyo para el desarrollo local de LEADER, a través de la cual se pretende fomentar la inclusión social, la reducción de la pobreza y el desarrollo económico en las zonas rurales, haciendo especial hincapié en promover el desarrollo local en las zonas rurales (Área Focal 6B). Esta medida se desglosa en las siguientes submedidas:

  • Ayuda preparatoria (submedida 19.1);
  • Apoyo para la realización de las operaciones conforme a la estrategia de desarrollo local participativo(submedida 19.2);
  • Preparación y realización de las actividades de cooperación de los grupos de acción local(submedida 19.3);
  • Apoyo para los costes de funcionamiento y animación (submedida 19.4).
  • Tal y como establece el artículo 32 del Reglamento (UE) nº 1303/2013, el desarrollo local participativo deberá:

  • centrarse en zonas subregionales concretas;
  • estar gobernado por grupos de acción locales compuestos por representantes de los intereses socioeconómicos locales públicos y privados, en los que ni las autoridades públicas, definidas de conformidad con las normas nacionales, ni ningún grupo de interés concreto representen más del 49 % de los derechos de voto en la toma de decisiones;
  • llevarse a cabo a través de estrategias de desarrollo local integradas, multisectoriales y basadas en zonas;
  • diseñarse tomando en consideración las necesidades y potencial locales e incluir aspectos innovadores en el contexto local, así como el establecimiento de redes y, cuando proceda, la cooperación.
  • Tal y como se desprende de lo anterior, la EDLP se define por el Reglamento (UE) nº 1303/2013 como un conjunto coherente de operaciones cuyo fin es satisfacer objetivos y necesidades locales, y que contribuyen a la realización de la estrategia de la Unión para un crecimiento inteligente, sostenible e integrador, diseñado y puesto en práctica por un grupo de acción local.

    En lo que respecta a los requisitos para la selección de las EDLP, de conformidad con lo establecido por el artículo 33 del Reglamento (UE) nº 1303/2013, las EDLP contendrán, como mínimo, los siguientes elementos:

  • la definición de la zona y la población objeto de la estrategia, que no tendrá menos de 10 000 habitantes ni tendrá más de 150 000;
  • un análisis de las necesidades y el potencial de la zona, con un análisis de los puntos fuertes, los puntos débiles, las oportunidades y las amenazas;
  • una descripción de la estrategia y sus objetivos, una descripción de las características integradas e innovadoras de la estrategia, así como una jerarquía de objetivos, incluidas metas mensurables en cuanto a productividad y resultados;
  • en lo que atañe a los resultados, las metas podrán expresarse en términos cuantitativos o cualitativos. La estrategia será coherente con los programas pertinentes de todos los Fondos EIE implicados de que se trate;
  • una descripción del proceso de participación de la comunidad en el desarrollo de la estrategia;
  • un plan de acción en el que se demuestre el modo en que los objetivos se traducen en acciones;
  • una descripción de las disposiciones de gestión y seguimiento de la estrategia que demuestre la capacidad del grupo de acción local para ponerla en práctica, así como una descripción de las disposiciones específicas de cara a la evaluación;
  • el plan financiero para la estrategia.