SUBMEDIDA 13.1. Pagos compensatorios en zonas de montaña

En el marco de esta submedida se prevé el pago a los agricultores en zonas de montaña para compensarles por la totalidad o una parte de los costes adicionales y las pérdidas de derivados de realizar su actividad agraria en estas zonas. Se pretende fomentar el mantenimiento de la actividad agraria, orientada al mercado, en la totalidad de las parcelas que componen la explotación. (Más información)

 

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