SUBMEDIDA 6.1. Creación de empresas por jóvenes agricultores

La ayuda para la primera instalación de agricultores jóvenes se concede a las personas que, en el momento de presentar su solicitud, no tienen más de cuarenta años, cuentan con la capacidad y competencia profesionales adecuadas y se instalan en una explotación agraria por primera vez como titular de explotación.

A estos efectos, los Programas de Desarrollo Rural establecerán la situación de partida, por debajo de la cual, se considera que un joven se instala por primera vez como titular de explotación. (Ver Ordenes de la Región de Murcia).  

 

                                   

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