Aunque concretadas en las distintas EDLP, de forma general se incluye en esta submedida cualquier operación que revista interés para el desarrollo de las zonas rurales regionales y que esté orientada de manera indubitada al cumplimiento de los objetivos marcados en cada una de las estrategias seleccionadas, siendo además acorde a las acciones predefinidas en cada una de ellas.
Como novedad en este periodo de programación, la submedida 19.2 contempla dos tipos de operaciones: los proyectos programados en las EDLPs seleccionadas y los proyectos no programados. Estos últimos serán seleccionados a partir de las convocatorias de ayuda que se publiquen en el Boletín Oficial de la Región de Murcia.
Los beneficiarios de las ayudas para proyectos programados son los propios GAL. A los proyectos no programados podrán concurrir promotores públicos y privados según lo dispuesto en cada EDLP. La solicitud de ayudas deberá realizarse en base a las convocatorias de ayuda publicadas, en el Boletín Oficial de la Región de Murcia, por cada uno de los grupos.