SUBMEDIDA 4.1. Inversiones de mejora en las explotaciones agrícolas

Esta submedida se dirige al desarrollo de inversiones, materiales e inmateriales, que mejoren el rendimiento global, los resultados económicos y la sostenibilidad de las explotaciones agrícolas y ganaderas.

Las inversiones productivas podrán dirigirse a la mejora de los resultados económicos de las explotaciones y a facilitar la reestructuración y modernización de las mismas, en términos de tamaño o de orientación productiva, o dirigirlas a retos relacionados con el medio ambiente, cambio climático y bienestar animal.

Texto aplicable del Marco Nacional

Las inversiones que mejoren el rendimiento global y la sostenibilidad de la explotación, podrán dirigirse a la mejora de los resultados económicos de las explotaciones y a facilitar la reestructuración y modernización de las mismas, en términos de tamaño o de orientación productiva, o dirigirlas a retos relacionados con el medio ambiente, cambio climático y bienestar animal.

También podrá concederse ayuda a inversiones para cumplir normas de la Unión aplicables a la producción agrícola.

En el caso de los jóvenes agricultores con un plazo de 24 meses desde el establecimiento en su explotación. En el caso general, será de 12 meses desde el momento en que los nuevos requisitos pasen a ser obligatorios.

En el caso de inversiones en explotaciones agrarias que incluyan actuaciones en regadíos, será de aplicación lo establecido en el artículo 46 del Reglamento de Desarrollo Rural.

 

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