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Bruselas aclara el concepto de «fuerza mayor» para que los agricultores no pierdan las ayudas de la PAC

30·05·2024

La CE trata de ofrecer seguridad jurídica a los agricultores afectados por estas circunstancias excepcionales a la hora de solicitar las ayudas de la PAC

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La Comisión Europea ha emitido una comunicación para aclarar el uso de los casos de «fuerza mayor» y las circunstancias excepcionales para no perder las ayudas de la PAC en caso de no poder cumplir con todos los requisitos exigidos en caso de fenómenos meteorológicos excepcionales, como sequías graves o inundaciones.

De este modo, la Comisión trata de ofrecer seguridad jurídica a los agricultores afectados por estas circunstancias excepcionales a la hora de solicitar las ayudas de la PAC, garantizando al mismo tiempo una aplicación uniforme en toda la UE por parte de las administraciones nacionales.

La aplicación de este concepto lo deciden los Estados miembros sobre la base de las pruebas pertinentes y a la luz del Derechos agrícola común.  Teniendo en cuenta que constituye una excepción a las obligaciones vinculadas a los pagos de la PAC, esta decisión suele aplicarse de manera restrictiva y normalmente caso por caso o por explotación.

La CE trata de ofrecer seguridad jurídica a los agricultores afectados por estas circunstancias excepcionales a la hora de solicitar las ayudas de la PAC

No obstante, esta comunicación aclara que los casos de fuerza mayor pueden aplicarse a todos los agricultores que trabajen en una zona delimitada afectada por catástrofes naturales graves o imprevisibles o por fenómenos meteorológicos, sin la necesidad de que los afectados tengan que cumplimentar solicitudes individuales o aportar pruebas.

Esta ampliación del ámbito de aplicación, según la CE, reducirá la carga administrativa para los agricultores y administración nacional, facilitando la respuesta rápida por parte de los Estados miembros.

En la comunicación de la Comisión se establecen condiciones para permitir la presunción de que todos los agricultores situados en una zona están cubiertos por casos de fuerza mayor.

Los Estados tendrán que confirmar que se ha producido un desastre natural grave o un suceso meteorológico grave  y delimitar la zona geográfica

Por su parte, los Estados tendrán que confirmar que se ha producido un desastre natural grave o un suceso meteorológico grave  y delimitar la zona geográfica que se ha visto afectada y cuyas consecuencias no han podido evitarse.

Para delimitar las zonas los Estados se pueden basar en los datos que aportan los satélites de la zona, sin necesidad que ser datos específicos de las explotaciones.

Además, para determinados eventos, las administraciones nacionales también tendrán en cuenta factores adicionales como las pendientes, el tipo de suelo o el tipo de cultivo, con el fin de determinar la población afectada sin la necesidad de verificación individual.

Este podría ser el caso de las heladas, que no afectan de la misma manera a todos los cultivos;  o el de las lluvias persistentes que pueden dañar de forma diferente a zonas con pendientes o a terrenos con distinto grado de absorción del agua.

Cumplidas estas condiciones, este comunicado exime a las autoridades de la necesidad de una evaluación caso por caso.


Fuente: Ce


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