INVERSIONES FORESTALES NO PRODUCTIVAS EN REPOBLACIÓN FORESTAL Y SISTEMAS AGROFORESTALES

JUSTIFICACIÓN DE LA INTERVENCIÓN

Se entiende por repoblación forestal el establecimiento de especies forestales en un terreno mediante siembra o plantación. Puede ser forestación, cuando se realice sobre terrenos que previamente tuvieran usos no forestales, o reforestación, cuando se realice sobre terrenos que tuvieran cobertura forestal hasta épocas recientes. El incremento de la superficie forestal mediante la repoblación, tanto de terrenos agrícolas de escasa productividad o terrenos forestales desarbolados o con escasa cobertura, contribuye a un doble objetivo: a corto y medio plazo supone una mejora del medio natural (defensa contra la erosión, facilitar la formación de materia orgánica, crear un hábitat favorable para la fauna silvestre, favorecer el incremento de la biodiversidad etc.); mientras que a medio y largo plazo, puede producirse un rendimiento económico con la puesta en los mercados de productos forestales.

Con respecto a los sistemas agroforestales, en España hay aproximadamente 2,5 millones de hectáreas de dehesa, como sistema agroforestal más característico. A estas hay que añadir las superficies de otros sistemas análogos del norte peninsular, los sistemas de pastos de montaña, los pastizales leñosos mediterráneos y el bocage característico de la Cornisa Cantábrica. El mantenimiento del pastoreo permite conservar los flujos de materia y energía en estos ecosistemas; e igualmente, la conservación o implantación de arbolado u otra vegetación leñosa permite la mejora de la productividad de determinados pastos y favorecen la actividad ganadera. Los sistemas silvopastorales, con sus diversos estratos de vegetación, presentan unas condiciones especialmente favorables en el ámbito de la protección hidrológica y la conservación de suelos, además de ser unos eficientes sumideros de carbono. Tampoco hay que olvidar, que muchos de estos sistemas, que combinan la cobertura herbácea y la arbórea u otra vegetación leñosa, y que han sido modelados y mantenidos por la herbivoría, son muy importantes desde el punto de vista de la biodiversidad, tanto como hábitats en sí mismos (algunos de interés comunitario), como por las numerosas especies asociadas a ellos. 
Las ayudas al mantenimiento e implantación de estos sistemas contribuyen a su conservación y estabilidad, de manera que puedan seguir prestando servicios ecosistémicos tales como captura y almacenamiento de carbono, regulación hidrológica, protección de suelos y conservación de la biodiversidad.

OBJETO:

Las actuaciones que se proponen dentro de esta intervención, pretenden fomentar la gestión forestal sostenible, incrementando la multifuncionalidad de los bosques, su protección y su restauración para lograr el buen estado de los hábitats y de las especies relacionados con ellos con el fin de mejorar los servicios ecológicos y la biodiversidad y, de ese modo, crear resiliencia ante los efectos del cambio climático en los bosques y sistemas agroforestales, como la dehesa. Por otra parte, también son objetivos concretos del Plan, incrementar la superficie forestal arbolada, conservar y restaurar los sistemas agroforestales, mejorar la prevención de incendios forestales y la posterior restauración, y apoyar las actuaciones selvícolas para la conservación de los montes y mejorar su adaptación al cambio climático.

ADMISIBILIDAD DE LA OPERACIÓN:

En aquellas explotaciones que superen el tamaño de 75 Ha de superficie será obligatoria la existencia de un Plan de Gestión forestal o instrumento equivalente.

Para realizar una actuación en una explotación forestal se ha de disponer de un plan de gestión forestal (documento que articula en el tiempo y en el espacio los trabajos forestales durante un periodo de 15 años) y, a raíz de este plan, se redactan los proyectos de ejecución durante el periodo. Esta planificación está diseñada para predios de una superficie extensa, ya que cuando la superficie está por debajo de las 75 hectáreas no tiene sentido planificar las actuaciones para un periodo tan amplio porque los trabajos en una superficie tan reducida desde el punto de vista forestal, se pueden ejecutar en uno o dos años con un solo proyecto. En estos casos, el documento del proyecto de obra cumple las funciones de planificación y ejecución.

Por añadidura, la superficie forestal regional se divide mayoritariamente en predios que están por encima de las 75 hectáreas, por lo que serán mínimas las actuaciones que se realicen sobre predios que no dispongan de un Plan Técnico de Gestión Forestal, tal y como recomiendan algunos informes del Tribunal de Cuentas Europeo .

​Esta intervención es complemetaria con otras intervenciones del PEPAC.

ADMISIBILIDAD DEL BENEFICIARIO:

  • Titulares forestales públicos o privados y sus agrupaciones.
  • Administraciones públicas.
  • Titulares individuales o sus agrupaciones, de aprovechamientos,  concesiones o títulos de gestión que concedan capacidad para llevar a cabo las actuaciones elegibles.
  • Agricultores, en el caso de forestación de tierras agrícolas o implantación  y mantenimiento de sistemas agroforestales.

Titular forestal: Aquel que gestiona y tutela una explotación forestal  aunque no tiene por qué ser el propietario. Los montes de utilidad pública tienen como propietario a la Comunidad Autónoma o al Ayuntamiento pero la gestión y tutela de los mismos corresponde a la Comunidad  Autónoma. De igual forma, en el caso de aquellos montes privados que  tengan un consorcio con la Comunidad Autónoma, la titularidad la ostenta esta última.
Condiciones de admisibilidad:

  • En el caso de terrenos forestales, ser titular forestal con plena capacidad.
  • Coherencia con Directrices paneuropeas para repoblación forestal y reforestación.
  • Evaluación de compatibilidad de actuaciones con espacios Natura 2000.

INTENSIDAD DE AYUDA:

El 100% del gasto elegible para beneficiarios públicos y el 80% para beneficiarios privados.

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